Si llevas meses oyendo hablar del tema y aún no tienes claro cuándo entra en vigor Verifactu y desde cuándo será obligatorio Verifactu en España, no eres el único. La normativa mezcla hitos técnicos, plazos de fabricantes y fechas de obligación para empresas, y eso genera bastante ruido.
En este artículo te dejo un calendario rápido con las fechas clave Verifactu y los plazos de adaptación al sistema Verifactu en España, con foco en autónomos y pequeñas empresas.
Si quieres una visión global (conceptos, qué cambia y cómo encaja con la factura electrónica), te recomiendo empezar por esta guía completa sobre Verifactu 2027, donde entramos más en detalle en el sistema.
Qué es Verifactu y por qué hay tantas fechas
Verifactu es el nombre con el que se conoce al sistema de emisión de facturas verificables dentro del marco de la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (la “Ley antifraude”). En la práctica, lo que te afecta es esto:
- Tu programa de facturación debe cumplir unos requisitos técnicos (integridad, trazabilidad, registro de eventos, etc.).
- El sistema puede funcionar en modo "Verifactu" (remitiendo registros a la AEAT) o en modo “no Verifactu” cumpliendo igualmente los requisitos del reglamento. Lo que sea obligatorio para cada caso depende del desarrollo normativo y de cómo se concrete la obligación.
La confusión viene porque hay un calendario para fabricantes de software (quién vende el programa) y otro para usuarios (autónomos y empresas que facturan). Y, por si fuera poco, convive con el despliegue de la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece), que es otro melón distinto. Si te interesa esa diferencia, aquí lo tienes: Verifactu vs factura electrónica: diferencias clave.
Calendario Verifactu: fechas clave hasta 2027
Vamos al meollo de la cuestión: cuándo será obligatorio Verifactu y cuál es la fecha límite para usar software de facturación Verifactu. Te lo ordeno por hitos.
1) 2021: nace la obligación “en la ley” (pero sin fecha operativa)
La Ley 11/2021 introduce la obligación de que los sistemas informáticos de facturación no permitan manipulación y garanticen trazabilidad. Acababa de nacer el proyecto, aún faltaba el reglamento que definiera requisitos concretos.
Referencia oficial: Ley 11/2021 en el BOE.
2) 2023–2024: se aprueba el reglamento y se concretan requisitos
Con el desarrollo reglamentario se aterrizan los requisitos que debe cumplir el software (los llamados SIF). Aquí es cuando empieza a hablarse con claridad de registros, huellas, encadenamiento, eventos y, en su caso, envío a la AEAT.
Si quieres entenderlo sin jerga técnica, te lo dejo mascado aquí: Requisitos SIF de Verifactu explicado fácil.
3) 2025–2026: ventana real de adaptación para autónomos y pymes
Aquí entramos en los plazos clave de implementación. Aunque el calendario exacto puede moverse por ajustes técnicos o prórrogas (y conviene seguir las comunicaciones oficiales), lo razonable es trabajar con esta lógica:
- Los fabricantes deben tener el software adaptado y ofrecértelo en plazo. En la práctica la fecha real fue a finales de julio de 2025.
- Tú debes estar emitiendo facturas con un sistema compatible antes de la fecha de obligación que te aplique.
4) 2027: el año que todo el mundo tiene marcado en rojo
Cuando se habla de plazos Verifactu 2027, normalmente se está apuntando a la fase en la que ya no habrá margen: la expectativa del mercado es que, para entonces, la adopción esté totalmente extendida y que la inspección sea más estricta con el software que no cumpla.
¿Significa eso que “el 1 de enero de 2027” es el día exacto para todos? No necesariamente. Depende de cómo queden fijadas las fechas definitivas por tipo de contribuyente y del calendario final de obligación. Lo que sí es una buena estrategia es tratar 2027 como fecha tope mental y planificar para llegar antes con holgura.

Entonces, ¿cuándo entra en vigor Verifactu exactamente?
A día de hoy, la Agencia Tributaria recoge una ampliación de plazos que lleva la adaptación obligatoria a 2027. Esto está explicado en una nota informativa publicada por la AEAT, donde también se menciona un periodo de pruebas previo a las fechas límite. Te recomiendo leerla tal cual, porque es corta y muy directa: Nota informativa de ampliación de plazo (AEAT).
Si eres una sociedad mercantil
Si tributas por el Impuesto sobre Sociedades, la fecha que debes tener en mente es el 1 de enero de 2027. El texto consolidado del reglamento lo vincula a los obligados tributarios del artículo 3.1.a).
Si eres autónomo o profesional
Si no estás dentro del grupo anterior y entras en el resto de obligados tributarios del artículo 3.1, la fecha aplicable pasa a ser el 1 de julio de 2027. En la práctica, aquí se sitúan muchos autónomos, profesionales y otras actividades empresariales no incluidas en el supuesto del Impuesto sobre Sociedades.
Qué plazo tenían los fabricantes y comercializadores de software
La norma mantiene que los productores y comercializadores de los sistemas informáticos deben ofrecer sus productos plenamente adaptados en el plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de la orden ministerial prevista en la disposición final tercera del real decreto. Esa orden es la HAC/1177/2024.
Además, el texto consolidado también indica que, en ese mismo plazo de nueve meses, debía estar disponible en la sede de la Agencia Tributaria el servicio para la recepción de los registros remitidos por los sistemas VERI*FACTU.
Si lo que necesitas es saber desde cuándo es obligatorio Verifactu en España para tu caso concreto, la recomendación profesional es revisar tres cosas: tu tamaño (autónomo/pyme/empresa grande), tu sector y si estás en regímenes o sistemas especiales (por ejemplo, SII). Para esos casos, conviene preguntar a un asesor especializado y revisar excepciones y encajes.
Qué deberías hacer según tu caso
Lo sé, lo sabes, todos lo sabemos. Adaptarte a este cambio es una lata, pero debe hacerse (al menos si no queremos arriesgarnos a sufrir sanciones indeseadas 😬). Así que por favor, no lo dejes para el último trimestre (o mes, que nos conocemos).
¿De verdad quieres estar cambiando de sistema en junio de 2027 cuando todo el mundo esté haciendo lo mismo? La experiencia dice que no.
Si esperas al final de plazo, te arriesgas a lo típico: tu asesor te pide “el registro”, el proveedor te dice que hay cola para migraciones y tú con facturas por emitir. He visto este patrón en otros cambios normativos (SII, TicketBAI en País Vasco, etc.): el problema no es instalar, es ajustar procesos y no romper tu operativa diaria.
Mi propuesta: plan de adaptación en 4 pasos
1) Haz inventario de tu facturación
¿Facturas desde Excel? ¿Desde un programa antiguo? ¿Desde el ERP de tu gestoría? ¿Emites tickets? ¿Tienes varios centros o series? Este inventario te dirá el esfuerzo real.
2) Revisa si tu software actual se va a adaptar
Pide por escrito a tu proveedor si tendrá versión compatible y en qué fecha. Si la respuesta es ambigua (“estamos en ello”), plantéate alternativas.
3) Elige un software compatible y prueba antes
Lo ideal es probarlo con casos reales: una factura con descuento, una rectificativa, una serie nueva, un cliente extranjero… Si quieres ir sobre seguro, puedes probar Factuapp y ver si encaja con tu forma de facturar antes de que te pille el calendario.
4) Documenta un procedimiento interno sencillo
No hace falta un manual de 40 páginas. Basta con dejar claro quién emite, quién revisa, cómo se corrige una factura y dónde se guardan evidencias. Esto reduce errores y discusiones internas cuando hay prisas.
Una última recomendación: no esperes al último mes para adaptarte
El calendario actualizado de Verifactu en marzo de 2026 ya no apunta a 2026, sino a 2027. La referencia vigente en el BOE es clara: 1 de enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios.
Lo más sensato para un autónomo o una pyme es preparar el cambio con margen: elegir software, probarlo y ajustar tu rutina de facturación. Si quieres, puedes crear tu cuenta en Factuapp y hacer una prueba real con tus series y tus clientes. Así, cuando llegue la obligación, no te pilla en plena campaña, con el trimestre encima y el gestor preguntando por qué no cuadran los números.